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viernes, 2 de diciembre de 2011

ASOCIACIÓN DE ESCRITORES DE MADRID

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN: 

Artículo 1º.-    Denominación

     Con la denominación de “Asociación de Escritores de Madrid”, se constituye una entidad sin animo de lucro, al amparo del artículo 22 CE, que se regirá por la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo reguladora del derecho de asociación y normas concordantes y las que en cada momento le sean aplicables y por los Estatutos vigentes.

  Artículo 2º.-   Esencia y Fines.

     La Asociación de Escritores de Madrid es una Asociación sin ánimo de lucro, constituida por escritores nacidos, residentes o cuya obra literaria tenga vinculación con la Comunidad de Madrid.
Se compone en principio por un número de socios, que integran su Junta Directiva, renovada en cargos según figura en los Estatutos por los que se rige. Esta Directiva está compuesta por un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero y un Vocal, que corresponden en su cargo a las áreas de trabajo establecidas y al cometido específico a desempeñar.
Para pertenecer como miembro asociado, aparte de ser nativo, residente, estar relacionado literariamente o cuya obra literaria tenga vinculación con la Comunidad de Madrid, es indispensable haber escrito como mínimo, un libro en cualquiera de las modalidades o géneros literarios y cumplir con los demás requisitos que señalan los Estatutos.
La Asociación a través de sus representantes, mantendrá estrecha colaboración con los Organismos públicos y privados que promuevan y mantengan trabajo editorial relacionado con libros en cualquiera de las áreas culturales.
La Asociación a través de sus órganos podrá tomar acuerdos para elegir y destacar socios de Honor entre sus miembros o entre los escritores que hayan sobresalido en su trayectoria dentro de nuestra Región.

    La asociación tiene como fines :

 1.° Prestigiar ante la opinión pública y ante las instituciones y Organismos relacionados con la cultura, la profesión y la dedicación de los escritores madrileños.
2.° Defender la profesión de escritor como fuente de creatividad artística, de interrelación y mutuo conocimiento entre las diferentes comunidades, dando día a día la crónica estética y viva de su época.
3.° Colaborar con las Instituciones y Organismos públicos y privados del mundo de la cultura en el desarrollo de la literatura y en el estudio y solución de los problemas que afectan a la condición de escritor.
4.° Divulgar por todos los medios a su alcance los valores propios de la literatura y de la profesionalidad del escritor.
5.° Analizar las condiciones necesarias para el desarrollo y la defensa de la creación literaria con el oportuno asesoramiento jurídico.
6.° Contribuir a la difusión de una obra literaria libre, completa y de calidad.
7.° Agrupar en una sola Asociación a todos los escritores de todas la poblaciones que componen el ámbito autonómico de la Comunidad de Madrid para el mejor cumplimiento de estos fines y el mayor conocimiento mutuo de los escritores madrileños.
8.° Estudiar los medios propios que aseguren a los asociados el mejor ejercicio de su labor profesional, especialmente mediante la organización de Congresos, simposios y Seminarios relativos a la creación literaria; creación de centros de documentación e identificación bio-bibliográfica de los autores madrileños; cooperación con Organismos y entidades del mundo editorial y periodístico para una mejor difusión de la obra literaria; colaboración con los centros de difusión cultural (Bibliotecas, Casas de Cultura, Asociaciones Culturales, etc...) para fomentar la lectura y el conocimiento de la literatura regional, e intercambio con otras Asociaciones de carácter autonómico, nacional e internacional.
9.° Cooperar a la defensa del Patrimonio cultural y velar por su conservación y mejora.
10.° Establecer los canales de apoyo necesarios para el conocimiento y la publicación de la obra literaria desde nuestros clásicos regionales a los jóvenes autores.


 Artículo 3º.-    Actividades

     Para el cumplimiento de estos fines se realizarán las siguientes actividades: todo tipo de eventos, establecimiento de contactos, reuniones, congresos, seminarios, ferias, alquiler o adquisición de medios tangibles o intangibles para lograr materializar la esencia y los fines descritos en el apartado anterior.

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